CONFORMIDAD DE OBRA Y DECLARATORIA DE EDIFICACIÓN SIN VARIACIONES - MODALIDAD D << Regresar  

ÁREA / DEPENDENCIA :   SUBGERENCIA DE DESARROLLO URBANO
REQUISITOS :
PROCEDIMIENTO A SEGUIR COSTO (S/.)
. 1 La sección del FUE - Conformidad de Obra y Declaratoria de Edificación, debidamente suscrito y por triplicado.

2 En caso que titular del derecho a edificar sea una persona distinta a quien inició el procedimiento de edificación, deberá presentar:
a) En caso el administrado no sea el propietario del predio, presentar la documentación que acredite que cuenta con derecho a edificar.
b) En caso el administrado sea una persona jurídica, declaración jurada del representante legal señalando que cuenta con representación vigente, consignando datos de la Partida Registral y el asiento en el que conste inscrita la misma.

3 Copia de los Planos de Ubicación y de Arquitectura aprobados, correspondiente a la Licencia de Edificación por triplicado.

4 Declaración jurada, firmada por el profesional responsable de obra o el profesional en arquitectura o ingeniería designado por el administrado como profesional constatador de obra, manifestando que ésta se ha realizado conforme a los planos aprobados de la licencia de edificación.

5 Documento que registre la fecha de ejecución de la obra. En caso el administrado no cuente con este documento, puede presentar una declaración jurada en la que indique dicha fecha.

6 Indicar fecha y número de constancia de pago.
Modalidad C
Modalidad D

Notas:
(a) El Formulario y sus anexos deben ser visados en todas sus páginas y cuando corresponda, firmados por el administrado y los profesionales que intervienen.

(b) Solo para edificaciones para fines de vivienda multifamiliar, siempre que dichas edificaciones no se hayan acogido al procedimiento de Conformidad de Obra y Declaratoria de Edificación Anticipada en la dependencia municipal, a solicitud del administrado se podrá extender la Conformidad de Obra a nivel de "casco habitable", debiendo las edificaciones cumplir con:

a) En los bienes y servicios comunes: Contar con estructuras, obras exteriores, fachadas exteriores e interiores, paramentos laterales, muros, pisos, escaleras y techos concluidos; instalaciones sanitarias, eléctricas y, de ser el caso, instalaciones de gas, sistema de bombeo de agua contra incendio y agua potable, sistema de bombeo de desague y ascensores u otras instalaciones en funcionamiento. Los pasadizos y escaleras comunes no deben presentar impedimento de circulación.

b) En las áreas de propiedad exclusiva: Contar con muros revocados; falsos pisos y/o contrapisos terminados; puertas y ventanas exteriores con vidrios o cristales colocados; así como un baño terminado con aparatos sanitarios, puertas y ventanas.
CALIFICACIÓN :
DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRÁMITE : AREA DE TRAMITE DOCUMENTO
AUTORIDAD QUE RESUELVE EL TRÁMITE : GERENTE DE DESARROLLO URBANO
RECURSO INPUGNATIVO A INTERPONERSE :