LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO EDIFICACIONES CALIFICADAS CON NIVEL DE RIESGO MEDIO - PARA MODULO O STAND EN GALERIAS COMERCIALES Y CENTROS COMERCIALES, O PUESTO EN MERCADO DE ABASTOS
SUBGERENCIA DE DESARROLLO ECONOMICO Y GESTION TURISTICA
REQUISITOS
:
PROCEDIMIENTO A SEGUIR
COSTO (S/.)
.
A- REQUISITOS GENERALES
1 Formato de Solicitud de licencia de funcionamiento (de distribución
gratuita o de libre reproducción) con carácter de Declaración
Jurada, que incluya:
- Tratándose de personas jurídicas u otros entes colectivos: su número de
RUC y el número de DNI o Carné de Extranjería de su representante legal.
- Tratándose de personas naturales: su número del RUC y número de DNI
o Carné de Extranjería, y el número de DNI o Carné de Extranjería del
representante en caso actúen mediante representación.
- Número de Reporte de nivel de riesgo
2 En el caso de personas jurídicas u otros entes colectivos, Declaración
Jurada del representante legal o apoderado señalando que su poder
se encuentra vigente, consignando el número de Partida Electrónica y
asiento de inscripción SUNARP. Tratándose de representación de
personas naturales, adjuntar carta poder simple firmada por el
poderdante indicando de manera obligatoria su número de documento
de identidad, salvo que se trate de apoderados con poder inscrito en
SUNARP, en cuyo caso basta una Declaración Jurada en los mismos
términos establecidos para personas jurídicas.
3 Indicación del número de comprobante de pago por derecho de trámite
4 Declaración Jurada del cumplimiento de las condiciones de seguridad en
la edificación
B REQUISITOS ESPECÍFICOS
5 De ser el caso, serán exigibles los siguientes requisitos:
5.1. Declaración jurada de contar con título profesional vigente y
encontrarse habilitado por el colegio profesional correspondiente,
en el caso de servicios relacionados con la salud.
5.2. Declaración Jurada de contar con el número de estacionamientos
exigible, conforme a Ley.
5.3. Declaración Jurada de contar con la autorización sectorial contenida
en el Decreto Supremo N° 006-2013-PCM o norma que lo sustituya
o reemplace.
5.4. Cuando se trate de inmuebles declarados Monumentos integrantes del
Patrimonio Cultural de la Nación, copia simple de la autorización
expedida por el Ministerio de Cultura, conforme a la Ley Nº 28296, Ley
General del PatrimonioCultural de la Nación. Excepto en los casos en
que el Ministerio de Cultura haya participado en las etapas de
remodelación y monitoreode ejecución de obras previas, inmediatas a
la solicitud de la licencia del local por el cual se solicita la licencia.
NOTAS:
(a) La Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones será realizada
por la Municipalidad con posterioridad al otorgamiento de la licencia de
funcionamiento.
(b) De acuerdo con el último párrafo del artículo 11 del T.U.O. de la Ley
N° 28976, podrán otorgarse licencias de funcionamiento de vigencia
temporal cuando así sea requerido expresamente por el solicitante.
De ser el caso, el trámite a seguir deberá considerar los mismos
requisitos, derecho de trámite y evaluación, aplicables al presente caso.
(c) No se requiere solicitar una modificación, ampliación o nueva licencia de
funcionamiento, cuando el titular de una licencia de funcionamiento,
desarrolle alguna de las actividades simultáneas y adicionales que
establezca el Ministerio de la Producción, siempre que no se afecten las
condiciones de seguridad del establecimiento. Para ello, basta que el
titular de la licencia de funcionamiento presente previamente a la
Municipalidad una declaración jurada informando que se desarrollará
dicha actividad y garantizando que no se afectarán las condiciones de
seguridad en el establecimiento.