1 Solicitud de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones (renovación),
según formato (de distribución gratuita o de libre reproduccion)
2 Declaración Jurada para renovación del Certificado de Inspección Técnica
de Seguridad en Edificaciones
3 Indicar fecha y número de constancia de pago
o Carné de Extranjería, y el número de DNI o Carné de Extranjería del
NOTA:
Los certificados ITSE emitidos con anterioridad al Nuevo Reglamento ITSE,
aprobado con Decreto Supremo N° 002-2018-PCM, tendrán una vigencia de
dos (2) años contados a partir de la vigencia de dicho Reglamento (hasta el
23.01.20). Para su adecuación al nuevo Reglamento ITSE deberán solicitar
ante la Municipalidad de Independencia, la clasificación del nivel de riesgo
según la Matriz de Riesgos en un plazo no menor de noventa (90) días
calendarios previos al vencimiento del certificado ITSE a fin de determinar si
es necesario renovar o gestionar un nuevo certificado ITSE, según
corresponda
.
1 Solicitud de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones, según
formato (de distribución gratuita o de libre reproduccion) indicando número
de Reporte de nivel de riesgo
2 Se deberá presentar conjuntamente con la solicitud de inspección, los
documentos técnicos que se indican a continuación, en copia simple,
firmados por el profesional o empresa responsable, cuando corresponda, y
conforme a las características señaladas en el Manual de Inspecciones
o Carné de Extranjería, y el número de DNI o Carné de Extranjería del
2.1. Croquis de ubicación
2.2. Plano de arquitectura de la distribución existente y detalle del cálculo
de aforo.
2.3. Plano de distribución de tableros eléctricos, diagramas unifilares y
cuadro de cargas.
2.4. Certificado vigente de medición de resistencia del sistema de puesta a
tierra.
2.5. Plan de Seguridad del Establecimiento Objeto de Inspección.
2.6. Memoria o protocolos de pruebas de operatividad y/o mantenimiento de
los equipos de seguridad y protección contra incendios.
3 Indicar fecha y número de constancia de pago
Nota:
(a) No son exigibles, el croquis ni planos señalados en los numerales 2.1,
2.2 y 2.3 en el caso de edificaciones que cuentan con conformidad de
obra y no han sufrido modificaciones, siempre que se trate de
documentos que fueron presentados a la Municipalidad durante los cinco
(5) años anteriores inmediatos, de conformidad con lo establecido en el
artículo 46 del TUO de la Ley N° 27444.